Tarifa Social de Gas: ¿Como solicitarla?
La vigencia de la Tarifa Social de Gas desde el otorgamiento va a ser por doce meses y se tramita en la web oficial de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Todos los meses se hace un control para definir el manteamiento del subsidio.
El otorgamiento de la Tarifa social va a depender exclusivamente de la Secretaría de Energía y todos los meses se va a hacer un control para la definición del manteamiento, tal como lo mencionábamos anteriormente. La vigencia es por un año y su tramite es mediante la página del organismo previsional.
A quiénes les corresponderá acceder a este beneficio son a beneficiarios del servicio de gas natural; empleados en relación de dependencia; a aquellas personas que cobren programas sociales; Monotributistas sociales; quienes perciban la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur; a beneficiarios del servicio que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD); Jubilados y pensionados; trabajadores monotributistas; empleados del servicio doméstico; a las personas que cobran la Prestación por Desempleo y a quienes cobran una Pensión no Contributiva (PNC).
Requisitos para acceder
Para acceder a la Tarifa de Gas las personas tienen que tener actualizados los datos personales y del grupo familiar, tales como padre/madre-hijo/tenencia y cónyuge/conviviente, en la base de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social.
También deberán ser el titular del servicio de gas natural. Si no tienen una factura a su nombre, van a poder pedir la Tarifa Social provisoria y tendrán tres meses para modificar la titularidad del servicio. Si ya han hecho el cambio de titularidad, deberán dejar pasar 30 días para volver a hacer una solicitud de Tarifa Social con el nuevo envió de suministro a su nombre. En caso de que esta ultima solicitud sea aprobada, se va a tener una vigencia de 12 meses.
Solo pueden pedir la Tarifa Social de Gas los usuarios residenciales (este estado tiene que estar indicado en la factura). Los integrantes del grupo familiar no pueden tener mas de un medidor de gas a su nombre. El ingreso del titular del servicio de gas no tiene que ser mayor a dos salarios mínimos, vitales y móviles.
Se van a considerar los ingresos brutos (sin descuentos). Este requisito no va a aplicar para las personas que tengan emitido un certificado de discapacidad. No se van a sumar los ingresos correspondientes a la Pensión Honorífica para Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur, al régimen especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico, a la Prestación por Desempleo y a planes sociales.
A su vez, no van a tener un vehículo con menos de 10 años de antigüedad. Este es un requisito no aplica para las personas que cuenten con un Certificado de Discapacidad emitido. No tienen que tener mas de un inmueble ni tampoco tener aeronaves ni embarcaciones de lujo.
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