La Administración Nacional de Seguridad Social (Anses) permite tramitar el bono de Contención Familiar, el cual ha tenido un aumento en el monto en el caso de los jubilados que hayan fallecido por COVID 19 o Coronavirus.
Como solicitar el Subsidio de Contención Familiar
La Anses dio a conocer que el Subsidio de Contención Familiar ha ampliado el monto de asistencia, pero también expandió la cobertura a los nuevos beneficiarios debido a la pandemia por el COVID 19 o Coronavirus.
El tramite lo tienen que hacer desde la web oficial del organismo previsional. Con respecto al monto y las novedades, han sido comunicadas por medio del Decreto 655 / 2020, publicado hoy en el Boletín Oficial y aclaro que el este subsidio o gastos por sepelio, incremento desde los seis mil a los quince mil pesos como primera medida.
Otro de los cambios es que ahora van a poder ser tramitado por los familiares de los fallecidos por COVID 19 que se encuentren atravesando una situación de vulnerabilidad y deberán hacer por medio de la web oficial o bien desde aquí directamente, que lleva a la pagina de Anses.
Quien puede pedir el subsidio por Fallecimiento
Van a poder tramitar el bono de Contención Familiar todos aquellos que sean personas que acrediten haber abonado los gastos de sepelio o de cremación, lo pueden tramitar los viudos, convivientes o hijos con derecho al cobro de la pensión por fallecimiento. También pueden solicitarlo los herederos o herederos de la persona que ha muerto.
El tramite pueden comenzarlo los familiares directos de las personas fallecidas por COVID 19 que estén viviendo en situación de vulnerabilidad, como por ejemplo personas desocupadas; monotributistas de las categorías A y B; titulares de la Asignación por Embarazo; madre, padre o adultos titulares o personas mayores de edad con discapacidad receptores de la AUH; trabajadores o trabajadoras informales; personal de casas particulares y madre, padre o adultos titulares o niños, niñas o adolescentes receptores de la AUH.
A su vez, lo podrán solicitar los familiares directos que cobraban la Pensión por Adulto Mayor (PUAM), también los parientes de personas fallecidas que cobraban Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES (beneficiarios y beneficiarias de Prestaciones No Contributivas transferidas a la ANSES en virtud del Decreto N° 746/17) y los parientes de personas que hayan fallecido y que eran titulares de las Pensiones Honoríficas de Veteranos de la Guerra del Atlántico Sur.
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