Vacaciones para Servicio Doméstico: Como y cuanto se paga

La denominada Licencia Anual Ordinaria son las vacaciones para servicio doméstico, que depende de la antigüedad que esta persona tenga registrada en su empleo. A su vez, cabe recalcar, que son remuneradas, o sea, que no se le descuentan del sueldo.

vacaciones para servicio doméstico

Índice

¿Qué es la Licencia Anual Ordinaria?

La Licencia Anual Ordinaria son las vacaciones, a las que tienen derecho cada trabajador, en este caso, vamos a referirnos y a dar todos los detalles sobre las vacaciones para el régimen de servicio doméstico, ya sea que cobren de manera mensual o por día, sin importar la cantidad de horas de trabajo semanal.

Fechas de vacaciones para el personal doméstico

Dependiendo de lo establecido en la ley de casas particulares, el periodo que se les debe que otorgar por esta licencia ordinaria puede ir desde el 1 de noviembre al 30 de marzo de cada año. El empleador será quien tenga el derecho de decidir y establecer la fecha de vacaciones para servicio doméstico y se la debe notificar al trabajador o trabajadora con 20 días de anticipación.

Lo explicado en el párrafo anterior no quiere decir que la empleada doméstica no pueda tomar sus vacaciones en otra fecha, si lo desea hacer se tiene que dividir el periodo que corresponde en el año. Esto debe ser solicitado por la empleada, pero deben tener en cuenta que la licencia debe tener al menos, 2/3 del tiempo de una sola vez.

Lo ideal sería que, el trabajador o trabajadora y el empleador o empleadora acuerden las vacaciones con anticipación para que les coincidan con las actividades familiares y se contemplen los deseos de cada trabajador.

Cantidad de días de vacaciones para servicio doméstico

Para el cálculo de la cantidad de días de vacaciones que le corresponderá a cada trabajador se les tomará cuenta la antigüedad que acumula en dicho empleo. Por lo tanto, para el cálculo se basarán en la antigüedad del empleado al 31 de diciembre de cada año, aun cuando salga de licencia antes.

Para que a la empleada se le otorgue el beneficio de las vacaciones, la misma tendrá que haber trabajado por lo menos seis meses en el año, de manera regular y habitual. Ahora bien, si no han logrado cumplir ese tiempo, podrán tener un descanso anual de unos días.

Le corresponderá la siguiente cantidad de días corridos (sin contar si son feriados o fin de semana):

  • Entre 6 meses y 5 años:14 días corridos.
  • De 5 a 10 años:21 días corridos.
  • De 10 años a 20 años:28 días corridos.
  • Más de 20 años:35 días corridos.

Si el empleado o empleadas tiene una antigüedad menor a 6 meses: se le dará un día de vacaciones por cada 20 días de trabajo efectivo. Como mínimo, corresponden:

  • Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día.
  • Entre 8 y 11 semanas:2 días corridos.
  • Entre 12 y 15 semanas:3 días.
  • Entre 16 y 19 semanas:4 días.
  • Más de 20 semanas: 5 días.

Inicio de las vacaciones para el personal doméstico

Las vacaciones para servicio doméstico empiezan el primer día hábil de trabajo habitual del empleado. Por ejemplo, si los días de trabajo son de lunes a viernes por lo General se comenzaría con la licencia ordinaria un lunes; pero si ese día (lunes) fuera feriado, se comenzarán a calcular los días desde el martes. Las vacaciones se cuentan dentro de los días corridos, es decir, no se extienden las vacaciones por feriado.

Vacaciones para empleados por hora

En cuanto a los trabajadores por hora, también tienen derecho a un periodo de vacaciones, lógicamente. En este caso la licencia empieza el primer día de trabajo de la semana y se cuentan los días corridos, dependiendo de la antigüedad. Por ejemplo, si entra a trabajar martes y jueves, se le contara las vacaciones desde el martes, a menos que sea feriado, entonces empezaría el jueves en este caso.

Monto a pagar de vacaciones

Durante la licencia anual ordinaria o vacacional, se les paga a los trabajadores el salario normal y habitual y he cobrado al momento de tomar el descanso, sin ningún monto extra. Hay que abordarlo al comienzo de la licencia. Es por esta razón, que se tienen que tener en cuenta que al mes siguiente se va a cobrar menos o nada (si las vacaciones duraron un mes completo).

En el caso de las empleadas cama adentro, también tendrán que cobrar el equivalente a la comida y el alojamiento (si es que se toma las vacaciones fuera de lugar de trabajo) las cuales no pueden ser menor al 30% del salario diario.

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