Anses informa si los jubilados pueden comprar dólares

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) han aclarado las dudas sobre si los jubilados pueden comprar dólares, así como también otros grupos de beneficiarios que perciben sus haberes mensuales por medio del organismo.

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Índice

¿Quiénes pueden comprar dólares?

La capacidad de compra de dólares para los Jubilados y pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) en la actualidad se encuentra determinada por el monto de sus haberes jubilatorios y la existencia de otros ingresos adicionales de Anses.

En relación al dólar ahorro, cada banco determina un importe mínimo requerido, aunque habitualmente corresponde a dos veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM).

Entonces, ¿los jubilados pueden comprar dólares?

Sí, sí pueden comprar dólares siempre y cuando lo hagan según el banco donde cobra sus haberes mensuales, siendo éstos precisamente los que menos requisitos tenga. Por ejemplo, en el banco Santander, se debe presentar una documentación que respalde ingresos netos de 78 mil pesos. Pd

De esta manera, aquellos jubilados que sólo cobren el haber mínimo sino otros ingresos no podrán comprar Dólares Ahorro. Por otro lado, en el caso del Dólar MEP, el único requisito en términos de cantidad de dólares que un jubilado puede comprar en la capacidad de justificar dicha cantidad

Como saber si un jubilado puede comprar dólares y cuanto

La Administración Nacional de la Seguridad Social que dirige María Fernanda Raverta informa que los jubilados pueden comprar dólares y que también, cuentan con la posibilidad de consultar si se encuentran chequeados para la compra de dólares ahorro, al momento de tramitar el comprobante de Certificación Negativa.

En el caso de que al momento de ingresar los datos por medio del sistema de la página web oficial arroja la notificación de “no es posible emitir la certificación negativa”, quiere decir que se va a poder acceder a la compra del Dólar Ahorro.

La Certificación Negativa es un comprobante que emite el organismo previsional y posee una validez de al menos 30 días, en el que se deja constancia de que no es parte de los siguientes grupos:

  • Aquellos que operaron dólares financieros (dólar MEP o dólar CCL) en los últimos 90 días.
  • Los que han percibido su último salario por medio de los programas de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP) y Programa de Recuperación Productiva 2 (Repro 2).
  • Aquellos que cobraron prestaciones sociales de la ANSES: Asignación Universal por Hijo (AUH), por Embarazo (AUE), Pensión No Contributiva (PNC)
  • Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada (tasa cero).
  • Personas que no tienen ingresos estables registrados.
  • Cotitulares de cuentas bancarias.
  • Individuos que han gastado con tarjeta su cupo de 200 dólares. Esto incluye, ademas, el pago de Netflix o Spotify en dólares.
  • Aquellos que tengan un plan de pago a 12 cuotas por las deudas con la tarjeta de crédito.
  • Personas que han refinanciado con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.

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