Obra social CODEM: ¿Como saber cual tenes?

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ANSES: ¿Cómo saber cuál es tu Obra Social y como solicitar el Comprobante?

Todos y cada uno de los trabajadores en actividad, aquellos que cobren la prestación por desempleo y los jubilados y pensionados van a tener cobertura de una obra social CODEM del mismo modo que los familiares que tenga a cargo, tales como esposo/a o conviviente, hijos solteros que sean menores de 21 años o de hasta 25 años que estén estudiando y en el caso de los hijos con discapacidad no habrá límite de edad.

CODEM

Como solicitar el CODEM

Para saber cómo empadronarse en una obra social va a ser necesario que se haga un trámite en la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).

Para quienes no sepan, el CODEM es un Comprobante de Empadronamiento o constancia en donde podrán ver la identificación del titular, la del grupo familiar y la obra social asignada o elegida. La impresión del CODEM se puede hacer en línea y en cualquiera de las oficinas de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

La modificación del Comprobante de Empadronamiento (CODEM) se va a hacer cuando:

  • El trabajador en relación de dependencia cambiara la categoría laboral y le va a corresponder una obra social de distinta naturaleza. a su vez, tendrán la posibilidad de consultar las Obras Sociales habilitadas y la documentación a presentar.
  • El trabajador también podrá cambiar de Obra Social por ser Personal de Dirección y Asociaciones Profesionales de Empresarios.
  • El trabajador va a poder modificar el grupo familiar a cargo en la obra social.

Para hacer la solicitud del CODEM para conocer la obra social, tendrán que hacer una acreditación de datos para saber si los datos personales y los vínculos familiares están debidamente actualizados en Mi Anses o comunicándose a la línea 130. Y en caso de no estar actualizados, cuando vayan a la Anses deberán llevar la documentación habitual (DNI, partidas de nacimiento en fotocopia y original).

Teniendo toda la documentación, van a poder hacer los cambios que quieran hacer. Si el titular no puede hacer el trámite, lo va a poder hacer cualquier otra persona.

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