¿Quienes ya no van a cobrar el IFE?

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) va a proceder a hacer controles y dar de baja para cobrar el IFE a aquellos que no cumplan con los nuevos requisitos que se han establecido por medio de la Resolución 16/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

cobrar el IFE

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Quien dejara de percibir el IFE de $10.000

En función de las nuevas obligaciones que se han establecido por la normativa que mencionamos anteriormente, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) va a proceder a anular el beneficio del cobro de los diez mil pesos a quienes sean menores de 25 años de edad y que aun tengan por domicilio el mismo que sus padres y que al sumar los ingresos del grupo familiar, sean mayores a los previsto para poder cobrar el beneficio.

Quien va a cobrar el IFE

Con esta nueva resolución o medida, la Anses va a revisar las entregas del beneficio que se hacen a 1,7 millones de jóvenes en esta condición, que se han registrado como Hogares Unipersonales para poder cobrarlo. No obstante, ahora el organismo previsional va a revisar estas situaciones.

Para determinar cual es el domicilio de residencia se estará considerará como domicilio registrado el registrado en la base de datos de la Administración Nacional de la Seguridad Social. Por lo que aquellos menores de entre 18 y 24 años de edad que no puedan acreditar que viven solos, van a poder cobrar el IFE si alguno del grupo familiar (menor entre 18 y 24 años y padres) tienen ingresos por:

  • Trabajo en relación de dependencia (en blanco) registrado en el sector publico o privado, a excepción del hecho en el marco del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
  • Trabajo por cuenta propia como Monotributistas a partir de categoría C o superiores y régimen de autónomos.
  • El pago del subsidio por Prestación por desempleo.
  • Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sin importar que sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Planes sociales, salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros programas sociales que puedan ser nacionales, provinciales o municipales, a excepción de los ingresos provenientes del Progresar.
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