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Anses inició el pago de $322.000 del fondo de desempleo en diciembre

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) comenzó este lunes el cronograma de pagos del fondo de desempleo correspondiente a diciembre de 2025. El monto máximo abonado este mes es de $322.000, mientras que el mínimo alcanza los $161.000.

Esta asistencia económica está destinada a trabajadores registrados que perdieron su empleo sin causa justificada, por finalización de contrato o por motivos ajenos a su voluntad.

Cómo se liquida el fondo de desempleo

Tal como ocurre habitualmente, el fondo de desempleo se paga a mes vencido, por lo que en diciembre se abona la cuota correspondiente a noviembre.

El monto del beneficio equivale al 75% del mejor sueldo de los últimos seis meses trabajados, aunque se aplican límites:

  • Mínimo: 50% del salario mínimo, vital y móvil.
  • Máximo: 100% del salario mínimo, vital y móvil.

Habrá un pago retroactivo por actualización de montos

La Secretaría de Empleo, Trabajo y Seguridad Social actualizó los topes del fondo de desempleo mediante la Resolución 9/2025, estableciendo nuevos valores:

  • Monto mínimo: $164.200
  • Monto máximo: $328.400

Sin embargo, la resolución fue publicada después de que Anses realizara las liquidaciones de diciembre, por lo que el ajuste se pagará de manera retroactiva en enero de 2026.

Por este motivo, en diciembre los valores efectivamente abonados son:

  • Mínimo: $161.000
  • Máximo: $322.000

Fechas de pago del fondo de desempleo en diciembre de 2025

El cronograma se organiza según la terminación del DNI del beneficiario:

  • Lunes 22 de diciembre: DNI terminados en 0 y 1
  • Martes 23 de diciembre: DNI terminados en 2 y 3
  • Miércoles 26 de diciembre: DNI terminados en 4 y 5
  • Lunes 29 de diciembre: DNI terminados en 6 y 7
  • Martes 30 de diciembre: DNI terminados en 8 y 9

Requisitos para cobrar el fondo de desempleo

Para acceder al beneficio de Anses, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber sido despedido sin causa o por razones ajenas al trabajador.
  • Presentar documentación respaldatoria, como telegrama de despido, sentencia judicial o certificado de servicios.
  • Solicitar el beneficio dentro de los 90 días hábiles posteriores al despido. Si se realiza fuera de plazo, se descuenta una cuota por cada día de demora.

El trámite puede realizarse de forma online a través de Mi Anses o presencialmente en oficinas del organismo con turno previo.

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