
Jubilados y pensionados: cómo designar un apoderado ante ANSES

El organismo previsional recordó que los jubilados y pensionados pueden designar un apoderado en ANSES para realizar trámites o cobrar su prestación en su nombre siempre y cuando sea tramitado en una oficina y con la documentación pertinente.
Lo que hay que saber para delegar trámites y cobros

Es imprescindible que los datos del titular y de su grupo familiar estén registrados y actualizados en mi ANSES; luego se solicita turno y se concurre con DNI y la documentación que corresponda a la oficina más cercana al domicilio.
Si el apoderado es un familiar directo, no es necesario turno previo: se puede presentar la documentación directamente en la oficina.
Quiénes pueden ser apoderados y para qué funciones
La normativa permite designar un apoderado en ANSES a cualquier persona mayor de 18 años que acredite vínculo de: cónyuge, conviviente previsional, madre o padre, abuelo, bisabuelo, hijo, nieto, bisnieto, tío, primo, hermano, sobrino, yerno, nuera, madrastra, padrastro, suegro, hijastro o cuñado. Además, pueden actuar como apoderados:
- Tutores o curadores con la sentencia judicial que los habilite.
- Abogados o procuradores con poder certificado.
- Representantes diplomáticos o consulares (para residentes en el exterior).
- Director o administrador de instituciones sanitarias cuando el titular se encuentre internado.
- Representantes especiales por tiempo determinado cuando el titular esté imposibilitado para movilizarse.
Para el cobro de la jubilación o pensión, los titulares también pueden designar entidades como bancos habilitados, entidades públicas, mutuales o instituciones de asistencia social.
Bancos autorizados para cobros desde el exterior
En el caso de residentes en el exterior, el poder puede otorgarse a un banco que cuente con la opción de giro al exterior. Las entidades mencionadas por ANSES son: Banco de la Nación Argentina, Banco de la Ciudad de Buenos Aires, Patagonia S.A., Credicoop Cooperativo Ltdo., Banco Piano S.A. y Banco Comafi S.A.
Requisitos y documentación para designar un apoderado en ANSES
Para que el apoderado pueda actuar debe ser mayor de 18 años (o menor emancipado). La documentación necesaria varía según el tipo de apoderado:
- Familiar: DNI del apoderado y documentación que acredite parentesco.
- Conviviente previsional: acreditar la relación como conviviente previsional.
- Banco (para residentes en el exterior): Carta Poder (PS 6.4) firmada y sellada por autoridad bancaria.
- Tutor/curador: sentencia judicial original y copia donde figure el nombramiento.
- Abogado/procurador: credencial vigente; además, poder certificado ante escribano para cobros.
- Instituciones: documentación que acredite la representación o el carácter de la entidad.
Paso a paso para designar un apoderado
- Reunir la documentación según la situación particular y el tipo de poder requerido.
- Sacar turno en mi ANSES —salvo que el apoderado sea un familiar, en cuyo caso se puede concurrir sin turno—.
- Acercarse a la oficina de ANSES más cercana con DNI del titular y del apoderado y toda la documentación respaldatoria.
- Completar el trámite en la oficina: ANSES validará los documentos y registrará el poder en su sistema.
- En caso de cobros a través de entidad bancaria, presentar la Carta Poder y la documentación exigida por el banco.
ANSES habilita distintas figuras para garantizar que las personas mayores o con movilidad reducida puedan delegar con seguridad sus gestiones y cobros. Designar un apoderado facilita la tramitación y protege al titular siempre que se realice con la documentación correcta y ante las autoridades competentes.
Si quieres conocer otros artículos parecidos a Jubilados y pensionados: cómo designar un apoderado ante ANSES puedes visitar la sección ANSES.



Ver también