Nueva opción de cobro Anses para la Asignación por maternidad

Las trabajadoras registradas podrán optar por trabajar hasta 10 días antes del parto y acumular los días restantes para el posparto

La ANSES oficializó una nueva modalidad para el cobro de la Asignación por Maternidad que permite a las trabajadoras en relación de dependencia elegir continuar en actividad hasta 10 días corridos antes de la fecha probable de parto y conservar los días restantes para después del nacimiento, hasta completar los 90 días que establece la normativa.

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Qué cambia con la nueva opción y por qué importa

Esta medida busca ofrecer mayor flexibilidad a las personas gestantes a la hora de decidir cómo distribuir su licencia.

La decisión se enmarca en los cambios introducidos por la Ley 27.742 (Ley de Bases), que actualiza disposiciones del régimen laboral y de seguridad social, y por tanto sirve de antecedente jurídico para la implementación de estas alternativas.

A quiénes alcanza y requisitos

La Asignación por Maternidad está destinada a:

  • Trabajadoras en relación de dependencia (incluye rurales y de temporada).
  • Trabajadoras de casas particulares registradas.
  • Personas que se encuentren cobrando por una Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

Entre los requisitos clave se encuentran tener al menos 12 semanas de gestación al momento de solicitar la licencia y contar con al menos 3 meses de antigüedad en el empleo al comenzar la licencia por maternidad. Si se trata de trabajadoras de temporada, deben estar en actividad al inicio de la licencia.

Cómo solicitar la Asignación por Maternidad

Para iniciar el trámite ante la ANSES es necesario completar formularios específicos según la situación laboral:

  • Si trabajás en relación de dependencia: completar el Formulario PS 2.55 (Declaración Jurada Novedades Unificadas SUAF), con rubros que incluyen la fecha de la licencia (rubros 1, 3 y 9; el rubro 5 permite indicar entre 45 y 10 días antes del parto) y el certificado médico (rubro 6). El formulario debe estar completo y firmado según lo indicado.
  • Si sos trabajadora de casas particulares: completar el Formulario PS 2.75 (Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico) y adjuntar documentación como constancias de alta y recibos de sueldo cuando corresponda. En ciertos casos el rubro 4 puede reemplazarse con una nota del empleador y el certificado médico.

La fecha de la licencia debe notificarse previamente al empleador desde las 12 semanas de embarazo mediante un certificado médico con la fecha probable de parto y tiempo de gestación. Es fundamental comenzar el trámite antes de iniciar la licencia, ya que durante la gestión se mantiene el cobro del sueldo bruto sin descuentos.

Medio de cobro y monto

Si ya se cobran otras asignaciones, la Asignación por Maternidad se percibirá por el mismo medio de cobro; de lo contrario se puede dar de alta o modificar el medio desde mi ANSES. El monto que paga ANSES corresponde al sueldo bruto (sin descuentos) y se abona según la primera fecha disponible del calendario de pagos de asignaciones familiares.

Cómo iniciar el trámite (paso a paso)

  1. Verificar que los datos personales y vínculos familiares estén actualizados en mi ANSES; si no, presentar las partidas o documentación correspondiente.
  2. Descargar y completar el formulario que corresponda (PS 2.55 o PS 2.75) siguiendo las instrucciones por rubro.
  3. Seleccionar la opción Asignación por Maternidad y presentar la documentación: puede hacerse presencial con turno en una oficina de ANSES o mediante Atención Virtual en la plataforma.

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