Anses informa cómo es el trámite de Pensión por fallecimiento de jubilados

Anses simplifica el acceso a la pensión derivada para cónyuges, convivientes e hijos de jubilados fallecidos

La Administración Nacional de la Seguridad Social informó modificaciones en la gestión de la Pensión por fallecimiento Anses, con el objetivo de agilizar y simplificar el proceso. Estas modificaciones impactan directamente en la forma de tramitar el beneficio y en los plazos para realizar la solicitud.

Índice

¿Qué es la Pensión por Fallecimiento?

La pensión por fallecimiento de jubilados es un beneficio económico que otorga Anses a los familiares directos de una persona jubilada que ha fallecido. Su finalidad es garantizar que el grupo familiar no quede desprotegido económicamente tras la pérdida del titular de la jubilación.

¿Quiénes pueden cobrar la Pensión por fallecimiento Anses?

La pensión derivada está destinada a familiares directos del jubilado fallecido. Pueden acceder al beneficio:

  • Cónyuge: deberá presentar la partida de matrimonio actualizada, emitida hasta un año antes de la solicitud y no más de seis meses previos al fallecimiento.
  • Conviviente previsional: se deben acreditar 5 años de convivencia antes del fallecimiento. En caso de tener hijos en común, el plazo requerido se reduce a 2 años.
  • Hijos menores: aplica hasta los 18 años, siempre que sean solteros. Si se trata de un hijo con discapacidad, no existe límite de edad, pero debe probarse la dependencia económica respecto del jubilado fallecido.

Documentación requerida en Anses

Para iniciar la gestión es necesario contar con documentación tanto del jubilado fallecido como de los solicitantes. En todos los casos se solicita la partida de defunción y el formulario de información bancaria (PS 6.76), en caso de no estar registrada en el sistema de Anses.

En el caso del cónyuge o conviviente se debe presentar el DNI, declaraciones juradas específicas y, si corresponde, formularios relacionados con cuotas de moratoria. Para hijos con discapacidad, se suman formularios que acrediten la dependencia económica.

Cómo realizar el trámite por Mi Anses

El trámite de la Pensión por fallecimiento Anses puede hacerse de forma virtual siempre que los datos personales estén acreditados y actualizados. Para ello se debe ingresar a Mi Anses con CUIL y clave de la seguridad social. Allí, dentro del menú “Solicitud de Prestaciones”, se encuentra la opción “Pensión derivada por fallecimiento de un jubilado”.

El procedimiento requiere tener a mano el CUIL del solicitante, del jubilado fallecido y de los hijos si corresponde, así como el número de prestación de jubilación del titular.

Una vez enviada la solicitud, se podrá hacer el seguimiento a las 72 horas a través de Mi Anses, y el organismo notificará el resultado por correo electrónico.

Plazo para solicitar la prestación

El organismo aclaró que el trámite en línea debe realizarse entre los 10 días hábiles y los 6 meses posteriores al fallecimiento del jubilado. Pasado ese plazo, será obligatorio gestionarlo de manera presencial en una oficina de Anses.

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