Cambios en la Prestación por Desempleo: Nuevas Normas Electrónicas

El Gobierno implementa notificaciones electrónicas para los titulares del programa de desempleo, agilizando el proceso

La Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (STEYSS), dependiente del Ministerio de Capital Humano, anunció una modificación relevante para los beneficiarios de la Prestación por Desempleo a la que acceden quienes cumplen con los requisitos.

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Cambios en el Programa por Desempleo

Esta novedad se oficializó a través de la Resolución 261/2025, publicada en el Boletín Oficial el martes, y trae consigo un cambio significativo en la manera en que los titulares serán notificados sobre su situación.

Notificaciones Electrónicas

Una de las novedades más destacadas de la nueva normativa es la notificación electrónica a los titulares de la Prestación por Desempleo. Hasta ahora, las notificaciones oficiales se realizaban mediante los recibos de pago de la prestación por desempleo.

Sin embargo, con la entrada en vigencia de la Resolución 261/2025, las notificaciones se llevarán a cabo por medios electrónicos, lo que marca una transformación importante en los procedimientos.

Este cambio modifica el artículo 24 de la Resolución 1016/2013, que hasta el momento consideraba como "notificación fehaciente" aquella que aparecía en los recibos de pago.

Seguro por Desempleo de Anses

A partir de ahora, cualquier medio electrónico o plataforma que garantice el cumplimiento del debido proceso será considerado válido. Esto incluye plataformas como mi ANSES, a través de las cuales los beneficiarios podrán recibir la notificación correspondiente.

Además, la normativa establece que los datos de contacto, como el correo electrónico y el teléfono celular proporcionados por los titulares de las prestaciones en el canal digital «mi ANSES», se considerarán como su domicilio electrónico declarado para fines de notificación.

¿Quiénes pueden tramitar la Prestación por Desempleo?

El cambio en la normativa también afecta a aquellos que pueden acceder a la prestación por desempleo. Este beneficio está dirigido a trabajadores que hayan sido despedidos sin justa causa, cuya relación de dependencia haya finalizado o que se hayan visto afectados por causas externas.

Para poder acceder al programa, los solicitantes deben cumplir con ciertos requisitos, dependiendo de su situación laboral:

  • Trabajadores permanentes: Deben haber trabajado al menos 6 meses con aportes en los últimos 3 años previos al despido o finalización del contrato.
  • Trabajadores eventuales o de temporada: Deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y más de 90 días en el último año antes de la finalización del trabajo.

Durante el tiempo que reciban la prestación, los beneficiarios tienen derecho a las asignaciones familiares y a la obra social que estuvieran afiliados previamente.

En conclusión, este cambio en las prestaciones por desempleo representa una evolución importante en el sistema de notificación de la administración pública, adaptándose a los avances tecnológicos y facilitando la comunicación entre el Gobierno y los trabajadores desempleados.

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