Quienes pueden cobrar la Ayuda Escolar Anual
Ayuda Escolar Anual: ¿Quienes la pueden tramitar, como y cuanto pagan?
Entre los meses de marzo y abril se va a cobrar la Ayuda Escolar Anual y como su nombre lo indica, se les paga a los beneficiarios que tengan niños escolarizados o en rehabilitación del hijo o hija con discapacidad.
A continuación podrán conocer cuáles son los diferentes beneficiarios que podrán cobrar la Ayuda Escolar Anual que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses).
- Trabajadores registrados.
- Beneficiarios de la prestación de una Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
- Beneficiarios de una jubilación o pensión del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
- Contribuyentes Monotributistas.
- Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
- Beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo para Protección Social.
Es de suma importancia saber que se va a cobrar la Ayuda Escolar Anual mediante el pago a uno solo de los padres.
Los beneficiarios para poder ser beneficiados con el pago a la Ayuda Escolar Anual van a tener que:
- Contar con toda la información del titular y del grupo familiar registrada en las bases de la ANSES.
- Los ingresos del grupo familiar tienen que estar entre los topes mínimo y máximo vigentes, tanto el individual como el del grupo familiar, exceptuando en el caso de hijos con algún tipo de discapacidad.
- Tendrán que presentar la documentación solicitada. Para consultar cual es la documentación tendrán que ingresar aquí.
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