Que productos se pueden comprar para acceder al Reintegro del IVA

Desde el pasado 18 de septiembre, el ministro de Economía tomaba decisiones que allanaran su paso por las elecciones presidenciales y entre las mas importantes, se encuentra la posibilidad de acceder al Reintegro del IVA. Se trata del 21% abarcado en el precio de los productos de la canasta básica alimentaria.

acceder al Reintegro del IVA

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Programa “Compre sin IVA”

El programa "Compre sin IVA" es una iniciativa económica que busca devolver al cliente el 21% del valor de las compras de productos esenciales que sean pagadas con tarjetas de débito. Según información que dieron en su lanzamiento, hecho por el Ministerio de Economía, este programa se mantendrá en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.

Este programa tiene como objetivo devolver el 21 por ciento del Impuesto al Valor Agregado abarcado en los bienes de consumo común mediante el uso de tarjetas de débito en establecimientos minoristas o mayoristas. Cabe destacar que existe un límite máximo de reembolso de 18.800 por mes por persona.

¿Quiénes pueden acceder al Reintegro del IVA?

Según Sergio Massa, el ministro de Economía actual, cuando se lanzaba dijo que “cuando ustedes realicen la compra con la tarjeta de débito, a las 48 horas se les va a acreditar automáticamente la devolución de este programa que se llama Compre sin IVA y que representa la devolución de la totalidad del IVA en los productos de la canasta básica”.

Cada beneficiario podrá acceder, a lo largo del mes o en diversas compras a un reembolso de dinero, pero no instantáneamente, sino que se acredita en la misma cuenta bancaria a las 48 horas de haber efectuado la compra con la tarjeta de débito.

Además de los trabajadores informales que hayan podido cobrar el IFE de Anses, también pueden acceder a la devolución del IVA los siguientes grupos:

  • Jubilados, pensionados o titulares de las Pensiones No Contributivas (PNC) cuyos ingresos no excedan de 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por hijo (AUH) con un límite de hasta 6 haberes mínimos.
  • Titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).
  • Trabajadores en relación de dependencia con un ingreso mensual de hasta 6 Salarios Mínimos Vital y Móvil (SMVM). En caso de pluriempleo, se tendrán en cuenta la suma de las remuneraciones brutas.
  • Trabajadores o trabajadoras de casas particulares.
  • Monotributistas.

¿Qué productos se pueden comprar?

Para acceder al Reintegro del IVA hay que ser parte de los grupos de beneficiarios anteriormente mencionados y además se recalca que estos pueden ser algunos de los productos que se incluyen en la Canasta Básica Alimentaria, según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC):

  • Pan
  • Galletitas de agua
  • Galletitas dulces
  • Arroz
  • Harina de trigo
  • Otras harinas (maíz)
  • Fideos
  • Papa
  • Batata
  • Azúcar
  • Dulces: dulce de batata, mermelada, dulce de leche
  • Legumbres secas: lentejas y arvejas
  • Hortalizas: acelga, cebolla, lechuga, tomate perita, zanahoria, zapallo, tomate envasado
  • Frutas: manzana, mandarina, naranja, banana y pera
  • Carnes: asado, carnaza común, espinazo, paleta, carne picada, nalga, pollo, carne de pescado
  • Fiambres
  • Huevos
  • Leche
  • Queso: queso crema, queso cuartirolo, queso para rallar
  • Yogur
  • Manteca
  • Aceite
  • Bebidas no alcohólicas
  • Bebidas alcohólicas
  • Sal fina
  • Condimentos
  • Vinagre
  • Café
  • Yerba

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