Jubilados de ANSES cobran con aumento en agosto: cuánto y cuando se cobra

Los jubilados ANSES agosto de la Administración Nacional de la Seguridad Social comenzarán a cobrar sus haberes desde el 10 de agosto, con un aumento del 1,89% determinado por la actualización mensual basada en el índice de inflación informado por el INDEC. Además, un grupo de beneficiarios seguirá percibiendo el bono extraordinario de hasta $70.000, destinado a quienes tienen menores ingresos.

Índice

¿Cuánto cobran los jubilados en agosto?

Con el incremento del 1,89%, los haberes previsionales quedaron establecidos de la siguiente manera:

  • Jubilación mínima: $419.775,93.
  • Jubilación máxima: $2.824.649,49.

Este ajuste en jubilados ANSES agosto corresponde a la actualización mensual que aplica el Gobierno nacional sobre las prestaciones previsionales.

Bono de hasta $70.000 para jubilados

Además del aumento, el Gobierno confirmó el pago del bono extraordinario de hasta $70.000, establecido mediante el Decreto 686/2026.

Este refuerzo está dirigido exclusivamente a los jubilados y pensionados con menores ingresos. Quienes perciben la jubilación máxima no acceden al bono, mientras que aquellos que superan el haber mínimo pueden recibir un monto proporcional hasta alcanzar el límite fijado por la normativa.

Calendario de pagos para jubilados ANSES agosto

Jubilados que cobran la mínima

  • DNI terminados en 0: 10 de agosto.
  • DNI terminados en 1: 11 de agosto.
  • DNI terminados en 2: 12 de agosto.
  • DNI terminados en 3: 13 de agosto.
  • DNI terminados en 4: 14 de agosto.
  • DNI terminados en 5: 18 de agosto.
  • DNI terminados en 6: 19 de agosto.
  • DNI terminados en 7: 20 de agosto.
  • DNI terminados en 8: 21 de agosto.
  • DNI terminados en 9: 24 de agosto.

Jubilados con haberes superiores a la mínima

  • DNI terminados en 0 y 1: 25 de agosto.
  • DNI terminados en 2 y 3: 26 de agosto.
  • DNI terminados en 4 y 5: 27 de agosto.
  • DNI terminados en 6 y 7: 28 de agosto.
  • DNI terminados en 8 y 9: 31 de agosto.

Los pagos se acreditarán de acuerdo con la terminación del DNI, como ocurre habitualmente en el calendario mensual de ANSES.

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