Es oficial el aumento para trabajadoras domésticas en septiembre
Este martes, el Gobierno ha hecho oficial el nuevo aumento para las trabajadoras domésticas, que se aplicará a partir de septiembre con un pago retroactivo por julio. La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) determinó un incremento del 12,5% en los haberes de las empleadas domésticas y otros trabajadores del sector.
Detalles del aumento retroactivo
La Resolución 1/2024 de la CNTCP, publicada en el Boletín Oficial, oficializa este aumento que se aplicará sobre los salarios de julio y agosto. La decisión es resultado de un "extenso intercambio de posturas" entre el sindicato de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), los empleadores y el Gobierno.
A partir del 1° de septiembre, se implementará un ajuste en las remuneraciones horarias y mensuales mínimas para el personal comprendido en el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. Las escalas salariales han sido actualizadas, tanto por hora como por mes.
Oficializan el aumento para las trabajadoras domésticas
El Gobierno determinó dos aumentos clave para las empleadas domésticas, que se abonarán de forma retroactiva en septiembre:
- Por julio: Un 8,5% sobre los salarios mínimos de mayo de 2024, a cobrarse desde el 1° de septiembre.
- Por agosto: Un 4% sobre la base salarial de julio, también a cobrarse desde el 1° de septiembre.
Con estos ajustes, a partir de septiembre, las empleadas domésticas recibirán un incremento total del 12,5% en sus salarios.
Como quedan las nuevas salariales actualizadas para domésticas
Las nuevas escalas salariales con el aumento para las trabajadoras domésticas de casas particulares entrarán en vigor el 1° de septiembre, reflejando las actualizaciones correspondientes a los meses de julio y agosto. Además, se ha acordado una cláusula de revisión para el 18 de septiembre, fecha en la que se retomaron las negociaciones paritarias.
Categorías y remuneraciones convenio Agosto de 2024
Con retiro | Sin retiro | |
Primera categoría | ||
Supervisor/a: coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. | Hora: 3.159 pesos | Hora: 3.460 pesos |
Mensual: 394.233 pesos | Mensual: 439.131 pesos | |
Segunda categoría | ||
Personal para tareas específicas: cocineros contratados de forma exclusiva para realizar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | Hora: 2.991 pesos | Hora: 3.280 pesos |
Mensual: 366.265 pesos | Mensual: 407.715 pesos | |
Tercera categoría | ||
Caseros: personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo. | Hora: 2.825 pesos | Hora: 2.825 pesos |
Mensual: 357.350 pesos | Mensual: 357.350 pesos | |
Cuarta categoría | ||
Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes, adultos mayores. | Hora: 2.825 pesos | Hora: 3.159 pesos |
Hora: 357.350 pesos | Mensual: 398..229 pesos | |
Quinta categoría | ||
Personal para tareas generales: prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. | Hora: 2.620 pesos | Hora: 2.825 pesos |
Mensual: 321.361 pesos | Mensual: 357.350 pesos |
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