Como poner un apoderado en Anses para cobrar
La Administración Nacional de la Seguridad Social les permite a algunos beneficiarios seleccionar un apoderado en Anses que les podrá ayudar a realizar trámites de forma presencial en las oficinas u on-line y también, podrán retirar dinero de las cuentas bancarias de los beneficiarios.
Elegir un apoderado para cobrar
Un ejemplo de estos beneficiarios son los Jubilados y pensionados del SIPA (Sistema Integrado Previsional Argentino) y titulares de los tres tipos de Pensiones No Contributivas (PNC): por Invalidez, Vejez y Madre de siete hijos.
En el sitio web oficial se informa que “Si tenés que tramitar una jubilación, pensión o reajuste, tu apoderada/o puede solicitar turnos y realizar trámites en tu nombre. Podés designar” a familiares, entre otros.
¿Quién puede ser apoderado en Anses?
El organismo previsional del que es directora ejecutiva María Fernanda Raverta permite que los jubilados, pensionados y otros beneficiarios que no se encuentran en condiciones de movilizarse por cuestiones de residencia o de salud, puedan continuar percibiendo sus prestaciones con la opción de elegir un apoderado.
El apoderado cuenta con el permiso legal de gestionar diferentes trámites a nombre del beneficiario, solicitar turnos y cobrar los montos Anses de forma mensual. Este permiso se denomina Carta Poder, pero requiere de ciertos requisitos para ser aprobado.
Puede ser un apoderado en Anses aquellos que sean familiares directos como esposos, padres, bisabuelos, nietos, tíos, hermanos, yernos, padrastros, hijastros, conviviente previsional, abuelos, hijos, bisnietos, primos, sobrinos, nueras, suegros, cuñados, pero también:
- Tutores o curadores.
- Abogados y gestores, que tienen que estar debidamente registrados en ANSES.
- Representantes diplomáticos o consulares.
- Directores o administradores de hospitales, sanatorios, asilos o establecimientos similares públicos o privados.
Requisitos para ser apoderados
Tal como lo mencionamos más arriba cualquiera puede ser un apoderado pero igualmente, deberán cumplir con una serie de requisitos entre ellos:
- Ser mayor de 18 años de edad o estar emancipado/a (en nuestro país la emancipación se entrega únicamente por matrimonio).
- Presentar el DNI titular y apoderado, tanto en copia como el original.
- En caso de ser esposos, deberán contar y presentar el acta/certificado de matrimonio en original y copia. Otros parientes tienen que presentar la documentación que demuestre el parentesco.
- En el caso de apoderados legales, se tendrán que encargar de presentar el permiso o sentencia que determine la legalidad de la tutoría.
Tramite paso a paso
Para darle inicio el trámite será necesario tramitar la carta poder, cuyo documento lo pueden obtener aquí. El trámite se puede llevar a cabo de forma presencial (pero deberán solicitar turno en Anses) como virtual.
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